¿Cómo obtengo el Formulario IR-3 – Descarga?
La Declaración Jurada de Retenciones de Asalariados a través del Formulario IR-3 se presenta por medio de la Oficina Virtual de la Dirección General de Impuestos Internos.
Pasos para completar el Formulario IR-3: Cómo Declarar las Retenciones de Asalariados – Instructivo
El Formulario IR-3 se presenta a través del sistema de la Oficina Virtual de la DGII. Primero debes enviar la nómina del personal a la Tesorería de la Seguridad Social TSS, luego podrás presentar la Declaración de las Retenciones a los Asalariados siguiendo los siguientes pasos:
- Desde el portal web de la DGII ingresa a la “Oficina Virtual”.
- En la casilla de “usuario” y “clave” ingresa el RNC y la contraseña y haz clic en “Entrar”.
- Digita el número de soft-token o token, si aplica.
- En la sección del menú de “Declaraciones Juradas” haz clic en “Declaración IR-3”.
- Ingresa el año y selecciona el mes según el período que deseas presentar.
- Pulsa “Proceder”.
- Observarás tres opciones: “Descargar IR-4”, “Presentación de IR-3” y “Eliminar Declaración IR-3”.
- Selecciona “Descargar IR-4” de este modo podrás confirmar que la información de cada asalariado que has reportado en el TSS es correcta.
- Haz clic en “Open(abrir)” y podrás visualizar la nómina del personal en un archivo con formato de Excel.
- Verifica los datos de los empleados. Si existe algún error corrígelo en el archivo que enviaste a la TSS. Luego verifica de nuevo.
- Habiendo constatado los datos de nómina haz clic en “Presentación del IR-3”.
- Ingresa el código desplegado del Token, la tarjeta de código o Soft-Token.
- Pulsa “Continuar”.
- El sistema te muestra la Declaración IR-3 llenada según la información del Formulario IR-4.
- Haz clic en “Enviar Documento”.
- Verás el cuadro “¿Estás seguro de enviar el documento?”.
- Si estás seguro haz clic en “Ok” y pulsa “Enviar Documento”.
- El sistema te muestra en pantalla el número de declaración que acabas de presentar.
- Pulsa “imprimir constancia” para que obtengas en físico la constancia de envío de la Declaración IR-3.
¿Cómo declarar las retenciones de asalariados con valor cero – Formulario IR-3?
Si el empleador no tiene monto o retención a presentar debe igualmente hacer la declaración de la siguiente manera:
- En la sección del menú Declaraciones Juradas haz clic en “Declaración en Cero”.
- Verás la pantalla de “declaraciones informativas”.
- En “Formato o impuestos” selecciona “IR-3”.
- Ingresa el periodo que deseas declarar y haz clic en “presentar declaración”. El sistema te indicará que “la Declaración ha sido presentada satisfactoriamente”.
- También te indicará el número de la declaración.
¿Qué es Formulario IR-3?
El Formulario IR-3 es la declaración jurada donde los empleadores obligados hacen constar la deducción realizada sobre el salario u otros ingresos pagados a sus empleados dependientes según los porcentajes determinados por la ley.
¿Para qué sirve el Formulario IR-3?
El Formulario IR-3 sirve para que las entidades, públicas o privadas, que son agentes de retención reporten ante la Dirección General de Impuestos Internos las retenciones efectuadas a los asalariados, asociadas al Impuesto Sobre la Renta.
¿Cómo se presenta el Formulario IR-3: Declaración Jurada de Retenciones de Asalariados?
La Declaración Jurada de Retenciones a los Asalariados – Formulario IR-3 se realiza a través de la oficina virtual en la página web de la Dirección General de Impuestos Internos DGII, según los pasos que te he dejado en la sección de arriba y tomando en consideración lo siguiente:
- La Declaración la presenta el empleador de manera mensual, pudiendo hacerlo hasta el día 10 del siguiente mes.
- Antes de presentar la Declaración IR-3 debes cargar la nómina de empleados en la Tesorería de la Seguridad Social TSS. Después podrás hacer la presentación.
- Antes de que calcules la retención a los empleados debes excluir la cotización a la TSS.
Costo del Formulario IR-3
La presentación de la Declaración IR-3 a través de la Oficina Virtual de la DGII es completamente gratis. Luego debes pagar el monto que te indique el sistema de acuerdo a las retenciones realizadas.
¿Qué pasa si el empleador no realiza la retención a los asalariados?
El hecho de que el empleador no realice las retenciones pertinentes que establece la Ley, no eximirá al empleado del pago del debido impuesto. En este caso, tanto el empleado (contribuyente) como el empleador (agente de retención) pasan a ser deudores solidarios de dicho impuesto.
¿Dónde debo pagar el impuesto retenido a los asalariados?
El pago del impuesto retenido a los asalariados puedes pagarlos a través de estos tres puntos:
- Paga a través de internet: por BanReservas, López de Haro, BDI, Popular, BHD León, Progreso, Banesco, Bancamérica, Scotiabank, Citigroup, Lafise, Promérica o Santa Cruz.
- Paga Vía Ventanilla: a las opciones anteriores se le suman Ademi, Banco Caribe, Vimenca, Banco Alaver, Banco Empire, Asociación Cibao, Asociación La Nacional.
- Paga por medio de Administración Local: Solo si el pago supera los RD$ 15.000 y con cheque de administración o certificado a nombre del: Colector de Impuestos Internos.
¿Quién es Agente de Retención?
El Agente de Retención es la persona o entidad obligada a deducir un monto o impuesto de los salarios pagados o cualquier otra asignación monetaria entregada a sus empleados dependientes, siempre según los porcentajes indicados por las leyes.
¿Quién es el Asalariado?
El Asalariado es la persona física que percibe el salario o ingreso como un pago por el trabajo realizado al empleador bajo una relación laboral dependiente.
Contacto con la DGII
Para cualquier información que requieras en materia tributaria puedes contactar a la DGII a través de estos medios:
- Teléfono para Santo Domingo 809 689-3444.
- Teléfono para el interior: 1 809 200-6069 (sin cargos).
- Para quejas o sugerencias llama al 809 689-0131.
- Correo electrónico: información@dgii.gov.do.
Recuerda que como empleador debes estar al día con la Declaración de las Retenciones a través del Formulario IR-3 en República Dominicana. Y por supuesto, luego efectúa el pago que te corresponda ante la administración tributaria del país.
Puedes conseguir más información en materia de tributos en los siguientes artículos.

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