La SUNAT es el ente encargado de recibir los diferentes trámites fiscales, con el objetivo de recolectar de datos tributarios y de control fiscal en Perú.
En esta oportunidad el Formulario 820, es un documento para presentar ante la SUNAT aquellas Operaciones No Habituales que necesitan ser comprobadas por el ente establecido legalmente.
Estas Operaciones están descritas en la Ley de Comprobantes de Pago (bajo el Decreto Ley Nº 25632). Las transacciones deben ser justificadas ante la SUNAT porque así lo establecen las leyes y resoluciones tributarias del país Andino.
Proceso para descargar la solicitud del Formulario 820
Para que puedas obtener el Formato del Formulario nº 820, debes cumplir con el siguiente proceso:
- Ingresa a internet desde tu computador y accede al Trámite de Operaciones No Habituales.
- Cuando el documento abra, pincha sobre el ícono de impresión.
- Verifica que los detalles para la impresión sean los correctos y que cuida que la impresora se encuentre debidamente conectada. Posteriormente, da clic en “Imprimir”.
¿Cómo llenar el Formulario 820- SUNAT?
- Entra a SUNAT Oficial trámite 820.
- Sigue los pasos mencionados anteriormente para descargar el Formulario.
- Introduce los datos que corresponde en cada apartado con letra legible. Ten en consideración que, no se admiten Formularios con tachaduras o borrones.
- Cuando culmines el proceso de llenado, presenta el Formulario en alguna Agencia de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria.
Formulario 820. Requisitos
Para que puedas presentar correctamente el Formulario, debes contar con ciertos documentos para hacer la solicitud. Estos son:
- Documento original y copia que pueda contener la siguiente información: propiedad del bien transferido, cedido o prestado.
- Comprobante de pago que pueda justifique la transferencia del bien.
- Puedes obtener la Solicitud del Formulario de forma online. Para completarla solo debes descargarla o también puedes optar por buscar el documento dirigiéndote a un Centro de Atención.
- Llena el formulario y preséntalo en un Centro de Servicios SUNAT. Allí el departamento verificará si te corresponde hacer la declaración con el Formulario 820.
¿Qué información encuentras en el Formulario 820?
- Documentos de identificación de quien transfiere y quién recibe el bien, servicio o propiedad en uso.
- Características de la operación de transferencia, por ejemplo: en el caso de entregar un bien debes especificar la unidad de medida
- Tipo de operación.
- Fecha y lugar donde se ejecuta la operación. En el caso de la entrega en uso de bienes, recuerda que debes limitar el tiempo de posesión.
- Monto de cada bien que se desea transferir.
- Valor total de la operación.
- Firma del solicitante.
Plazo de presentación del Formulario por Operaciones No Habituales
Cuando obtengas el formato de solicitud del Formulario 820, de forma inmediata, se hará entrega del documento para que lo llenes en el menor tiempo posible.
Podrás presentarlo al momento de pedirla o descargarla en las Oficinas SUNAT. Si esperas muchos días, la solicitud será tomada como una omisión que debes responder lo más rápido que puedas para que no tengas que realizar el trámite de nuevo.
¿A quién está dirigido el llenado del Formulario 820?
El Formulario nº 820 es de suma utilidad para aquellas personas naturales que necesiten comprobar una actividad económica. Documento que también fue creado para la sociedad conyugal y la sucesión indivisa.
Supuestos en los que no es necesario llenar el Formulario 820
En determinadas situaciones no es necesario que llenes el Formulario 820, porque ya se encuentran registrada tu transacción en alguna de estas entidades:
- Registro Público del Mercado de Valores: a carga de CONASEV.
- Registro de Propiedad Industrial: se encuentra bajo la responsabilidad del INDECOPI.
- Registro de Propiedad Inmueble y Mueble: se realiza en la SUNARP.
No necesitarás del documento nº 820, porque ya tu actividad está avalada en una entidad del Estado.
¿Qué es el Formulario nº 820?
Este documento ayuda a justificar alguna actividad económica comercial realizada por una persona natural. Podrás sustentar todos los gastos efectuados conforme a los efectos tributarios establecidos.
El Formulario 820 ayuda a acreditar transferencia de bienes, la prestación de servicios o el traspaso de propiedad en uso. Este documento es válido para personas naturales, sociedades conyugales o sucesiones indivisas.
Este Formulario recoge información de actividades No Habituales, es decir, aquellas que no se realizan de forma reiterada o son efectuadas por primera vez.
De acuerdo al artículo 9° (numeral 9.2) de la Ley del Impuesto General a las Ventas, las personas naturales, las sociedades conyugales o sucesiones indivisas son sujetos del impuesto en estos supuestos:
- Cuando realizan operaciones en el campo de aplicación del IVA.
- Importe bienes afectados.
Detalles a tomar en consideración en el Formulario 820
- El documento nº 820 es un trámite que cumple con determinadas características y está destinado a sujetos o situaciones específicas.
- La información suministrada en este Formulario debe ser correcta, ya que si el documento presenta datos erróneos puede demorarse su entrega.
- Gracias al presente Formulario se establecen los costos reales de bienes, servicios o productos. Este documento se ha convertido en un mecanismo para activar la economía peruana.
- Con la creación de este tipo de Formularios, se logran aplicar los aranceles que corresponden al cobro de impuestos.
Importancia del Formulario por Operaciones No Habituales
Este Formulario ha sido de utilidad para los contribuyentes peruanos, porque se ha encargado de subsanar la necesidad por la declaración de actividades económicas de relevancia que deben ser registradas ante la SUNAT.
Es un documento que ha funcionado para mantener el control de la fiscalización Además, incluye los siguientes elementos tributarios:
- Puedes indicar los valores estimados de determinados bienes que no son efectuados con frecuencia.
- Gracias a que la SUNAT es el ente encargado de administrar este tipo de declaración, se asigna el valor impuesto que debe ser pagado.
- Por medio del comprobante emitido por la SUNAT, se pueden validar los gastos sin tener que establecer el valor del impuesto.
Este Formulario es un trámite especial. Fue creado para usuarios que deseen declarar Operaciones No Habituales, con el objetivo de fortalecer la cultura tributaria y reforzar el control en los mecanismos de fiscalización.
¿Qué es el comprobante del Formulario 820 virtual?
Este Formulario está dirigido a personas naturales que no cuentan con negocio y que producen rentas de segunda categoría.
Para que puedas justificar estos movimientos, la SUNAT emite un comprobante que avale la o las actividades económicas no reiteradas que ejecutes.
Ahora bien, los comprobantes en Perú deben emitirse porque hay determinadas operaciones que deben ser obligatoriamente declaradas, y ameritan de justificación. Estas operaciones son:
- Entrega en uso de bienes: comprende la entrega en uso, de bienes muebles o inmuebles, los cuales son poseídos de forma esporádica o temporal y a cambio se recibe un ingreso por el período de posesión pactado.
- Transferencia de bienes: se trata de la recepción de un determinado ingreso por transferencia de una propiedad. Este traspaso comprende bienes muebles e inmuebles.
- Prestación de servicios: se caracteriza por la ejecución de una determinada actividad por la obtención de una retribución económica.
El problema con estas actividades es que no la pueden efectuar todos los ciudadanos.
Por este motivo, se crea el Formulario 820, destinado para aquellas personas que no cuentan con RUC ni negocio y sin embargo; necesitan realizar determinadas actividades financieras.
Cumplir con el Formulario Nº 820 por Operaciones No Habituales o Sustento de Gastos en Perú ante la SUNAT, es una responsabilidad que tienes como peruano para ayudar en el reforzamiento de los mecanismos de control fiscal.
Espero que toda la información impartida haya sido de mucha utilidad. Para seguir leyendo, haz clic sobre los siguientes artículos que podrían ser de tu interés.
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