Formulario virtual 708 en Perú: Declaración de la Renta Anual de Tercera Categoría ante la SUNAT

La presentación y declaración de la Renta Anual en Perú, es una obligación que tienen los contribuyentes que se encuentren bajo el Régimen General o en el Régimen MYPE Tributario –RMT.

En el siguiente artículo podrás conocer muchos aspectos de importancia respecto al Formulario 708, el cual está compuesto por una serie de casillas, preguntas y detalles que debes saber al momento de hacer tu Declaración.

Pasos para descargar el Formulario PDT 708

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Debes saber que la Declaración Anual se debe presentar a través de la SUNAT virtual o también puedes dirigirte a la Agencia SUNAT o sucursal bancaria más cercana a tu domicilio.

  • Ingresa a SUNAT Oficial.
  • En la opción “Mis Accesos Directos”, pincha sobre “Opciones sin clave SOL”.
  • Elige la opción “Descarga de Módulos Independientes PDT”.
  • Verás que, a continuación, se abren una serie de opciones PDT. Busca la número 708.

Si quieres acceder directamente a documento de descarga, hazlo desde aquí.

  • Para seguir con el proceso, hay una opción llamada “Auto instalador”, presiona sobre “RT18PJ.EXE”.
  • Comenzará la descarga de un archivo. Solo debes esperar unos segundos y abrirlo cuando culmine la descarga.
  • Cuando lo abras, aparecerá un aviso. Da clic en “Ejecutar”. Iniciará el proceso de instalación en tu computador.
  • Una vez que el proceso esté por culminar, aparecerá en tu pantalla un recuadro en el que debes seleccionar “Finalizar”.
  • En la pantalla principal de tu computadora, estará instalado el PDT que acabas de descargar. Se presenta en un ícono con la imagen de la SUNAT.
  • Pincha sobre este ícono. Deberás ingresar tu usuario y contraseña SUNAT.
  • Una vez dentro del sistema, realiza este proceso:
  • Selecciona “Declaraciones”.
  • Elige “Declaraciones Determinativas”.
  • Presiona sobre “0708 Renta 2020 Tercera Categoría e ITF”.

Con el cumplimiento de estos pasos podrás acceder a tu usuario SUNAT, desde tu computador y realizar el llenado del Formulario 708 de forma cómoda y sin interferencias.

¿Cómo llenar el Formulario 708?

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Para llenar el Formulario 708 tienes la opción de llenado directamente desde el portal web SUNAT, para hacerlo correctamente cumple este paso a paso:

  • Ingresa a SUNAT web.
  • Pincha Operaciones en línea (SOL) y elige “Ingresar” en la opción Personas.
  • Accede al sistema de la SUNAT con tu RUC o DNI. Ahora elige “Entrar”.
  • Indica el ejercicio que deseas declarar.
  • Llena los datos en la pestaña “Tipo de Declaración” de la siguiente forma:
  • En Declaración: la opción “Original” debe marcarse cuando el contribuyente realiza por primera vez la declaración.

En cambio; la opción “Sustitutoria/ Rectificatoria” es para usuarios que ya declararon, pero desean modificar la información presentada.

  • En Tipo de Renta que se declara: escoge el tipo de Renta a declarar. Debes elegir “Rentas de Trabajo y/o fuente extranjera” si percibiste, ingresos por planilla y emitiste recibo por honorarios.
  • En tipo de declaración: haz clic en “Personal”.
  • En la pregunta ¿Las rentas obtenidas de Primera Categoría incluyen su participación como Sociedad Conyugal?: pincha NO.
  • Selecciona “Siguiente”.
  • Continúa respondiendo los siguientes apartados:
  • “Alquileres pagados”: si efectuaste el pago de algún arriendo.
  • “Atribución de gastos”: esto debe ser respondido en caso de que atribuyas gastos o cuando te atribuyen gastos por concepto de alquiler tu cónyuge, copropietario o concubino.
  • “Otros ingresos”: rellena las casillas según corresponda a tu caso. Al terminar selecciona “Siguiente”.
  • Realiza la revisión de la información suministrada en las casillas de “Renta de Trabajo y/o Fuente Extranjera”. Te explico el detalle en algunas opciones:
  • Casilla 107: contiene el detalle por los honorarios pagados en el año de la declaración.
  • Casilla 108: integra otras Rentas de Cuarta Categoría. Por ejemplo: como síndico, directos de empresas, albacea, gestor de negocios, etc.
  • Casilla 111: allí desde incluir tus ingresos en planilla.
  • Casilla 514: guarda tus gastos deducibles adicionales que pueden alcanzar hasta 3 UIT.
  • Casilla 522: encontrarás el ITF que puedes deducir.
  • Casilla 519: ofrece el detalle de tus donaciones.
  • Casilla 116: contiene información de tus ingresos en el extranjero.

Comprueba que la información, en cada una de estas casillas, esté plasmada correctamente. Pincha “Siguientes”.

  • En el apartado “Determinación de la Deuda”, verás una opción que se llama “Devolución/ Aplicación contra futuros pagos a cuenta”. En te caso, si tienes un saldo a favor puedes Solicitar una Devolución o añadirlo a futuros pagos.
  • Ahora, da clic en “Validar”.
  • Si el sistema percibe que hay algún dato incorrecto, serás informado para que realices la respectiva modificación. Después de esta comprobación, pincha “Aceptar”.
  • Selecciona “Presente/ pague”. Aquí se habilitarán 4 formas de pago:
  • Cargo en cuenta de detracciones.
  • Cargo en cuenta bancaria.
  • Tarjeta de débito o crédito.

Elige alguna de estas opciones y haz clic en “Presente/ Pague”. Confirma el proceso.

  • Aparecerá una ventana donde debes plasmar la información de la tarjeta, cuenta o banco con la que deseas pagar.
  • A continuación, en tu pantalla estará el resumen de transacciones. Allí encuentras la Constancia de presentación, la cual puedes guardar.
En la parte baja de la página aparece la opción “Solicitud de Devolución- Rentas del Trabajo”. Haz clic en ella, en caso que deseas llenar la solicitud por la Devolución. Para este proceso debes contar con tu CCI.
  • Presiona “Aceptar”. Habrás culminado con el proceso de llenado del Formulario.

Requisitos para la presentación de la Declaración Anual

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Para presentar la Declaración del Impuesto a la Renta, por ingresos de Tercera Categoría, debes ser contribuyente DEL Régimen General del Impuesto en Perú y entrar en alguna de estas situaciones:

  • Gozar de algún beneficio tributario.
  • Disfrutar de estabilidad tributaria y/o jurídica.
  • Contar con ingresos netos que no superen las 1 700 (mil setecientas) UIT.
  • Aquellos que tengan la obligación de presentar la Declaración Anual Informativa de Reporte Local, Reporte Maestro y/o Reporte País por País.
  • Se encuentren integrados al sistema financiero.
  • Obligados a presentar el Balance de Comprobación.
  • Contribuyentes que hayan acreditado los pagos a cuenta del Impuesto contra las cuotas del ITAN. De acuerdo, al Decreto Supremo N° 025-2005-EF.
  • Personas que deduzcan gastos en vehículos automotores designados a actividades de dirección, representación y administración.
  • De conformidad con el artículo 9 de la Ley del ITF, aquellas personas que hayan gravado operaciones con el ITF.
  • Sujetos que intervengan en la reorganización de sociedades.
  • Por último, aquellos que celebren contratos de “Colaboración empresarial” y lleven la contabilidad independiente a las partes contratantes.

¿Quiénes están obligados a pagar el IR?

Quienes se encuentran obligados a declarar y pagar a través del Formulario 708 son aquellas personas naturales o aquellos sujetos que se encuentren en sucesión indivisa, sociedad conyugal. Debes declarar cuando se encuentren en los siguientes supuestos:

  • Contribuyente que se encuentren acogidos al Régimen General del Impuesto o al Régimen MYPE Tributario -RMT.
  • Cuando presenten saldo a favor de ejercicios anteriores que hayan sido aplicados contra en Impuesto o en caso de haber pagado Rentas de Cuarta Categoría con este saldo.
  • Dispongan de deuda a pagar.
  • También, cuando el saldo a favor provenga de Rentas de Cuarta y Quinta Categoría o solo de Cuarta Categoría. Asimismo, aquellas Rentas de Fuente Extranjera que se sumen a las de Cuarta y/o Quinta Categoría.
  • Si percibes Rentas de Cuarta y/o Quinta Categoría, atribuyendo gastos de subarrendamiento o arrendamiento a concubinos o cónyuges.
  • Aquellos sujetos que perciban Rentas, exclusivamente de, Quinta Categoría e indiquen saldo a favor proveniente de arrendamiento o subarrendamiento de propiedades situadas en Perú.

Cabe destacar que los sujetos no obligados, son aquellos que disponen de Rentas de Fuente peruana, pero no se encuentran domiciliados en el país.

ejercicios anteriores, se refiere a los años anteriores a la declaración.

Situaciones en las que no se declara estando obligados

Presta atención a las siguientes situaciones que te obligan a pagar el Impuesto a la Renta.

  • Baja de oficio del RUC o suspensión del RUC: debes arreglar este problema, porque esto no exime del cumplimiento de tu obligación anual.
  • Personas con negocio en el año de ejercicio: debes hacer tu declaración incluso si tuviste un negocio en el año de ejercicio, pero tu tributo de Tercera Categoría fue dado de baja y tu RUC está habilitado para otras Rentas.
Te recomiendo revisar la Sección de Tributos o Histórico de Tributos, con esto puedes verificar que te encuentras en el Régimen General del Impuesto a la Renta o en Régimen MYPE Tributario –RMT.

¿Qué es Formulario 708?

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El Impuesto a la Renta, bajo el Formulario 708, ayuda a presentar Rentas de Tercera Categoría, estas son las generadas por actividades empresariales que son efectuadas por personas naturales o jurídicas.

Gracias a este Formulario, los contribuyentes pueden cumplir con su obligación tributaria cada año. Recurra que el cómputo comienza el 01 de enero y finaliza el 31 de diciembre de cada año.

Operaciones de Tercera Categoría

Las operaciones que entran en el listado de Tercera Categoría son las siguientes:

  • Comercio: entiende a la industria o minería; de la explotación agropecuaria y cualquier otra actividad de negocio habitual de compra, producción y venta.
  • Agentes Mediadores: comprende a los rematadores, martilleros o cualquier otro agente que efectúe una actividad similar.
  • Patrimonio Fideicometido: son aquellas rentas que provienen de la ejecución de un negocio o son generadas por Patrimonios Fideicometidos de Sociedades Titulizadoras, los Fideicomisos bancarios.
  • Notarios: operaciones efectuadas por un notario.
  • Personas Jurídicas: de acuerdo al artículo 14 de la Ley del Impuesto a la Renta.
  • Cesión de Bienes: comprende la cesión de bienes inmuebles o muebles. No entran en esta cesión los predios.
  • Sociedad Civil o Asociación: aquellas rentas que se obtengan fruto de cualquier profesión, ciencia, arte u oficio.
  • Rentas obtenidas de Instituciones Educativas Particulares.

Espero haberte ayudado suministrando información útil en este artículo, denominado Conoce cómo descargar y llenar el Formulario virtual 708 en Perú: Declaración de la Renta Anual de Tercera Categoría ante la SUNAT.

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Conoce cómo descargar y llenar el Formulario virtual 708 en Perú: Declaración de la Renta Anual de Tercera Categoría ante la SUNAT
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Con a este Formulario, los ciudadanos pueden cumplir con su obligación tributaria cada año. Aquí te explicamos paso a paso todo lo necesario para completarlo.
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